El cuadro de insumo producto y su implementación para el correcto acogimiento al Drawback 2015-2018
Resumen
El D.S. N° 104-95-EF, que aprobó el Reglamento del Procedimiento de Restitución
Simplificado de Derechos Arancelarios, para la obtención de los beneficios del drawback,
posibilita la devolución de un porcentaje del valor FOB del bien exportado, teniendo en
cuenta que el costo de producción se ha visto incrementado por los derechos arancelarios que
gravan la importación de insumos incorporados o consumidos en la producción de dicho bien,
la determinación real de la cantidad de insumos importados incorporados en el producto
exportado o consumidos en su producción, resulta de vital importancia para verificar con
certeza si el acogimiento a dicho beneficio ha sido efectuado correctamente.
Para ello, en el estudio de la Tesis se ha demostrado que el factor coeficiente de insumo
producto en el CIP, se aplica de manera adecuada en los regímenes aduaneros de admisión
temporal para perfeccionamiento activo y de reposición de mercancías con franquicia
arancelaria, pero no en el de drawback, en donde no se emplea dicho factor, a pesar que en
los tres regímenes mencionados hay un proceso de producción de los insumos importados
serán incorporados o consumidos en su fabricación y se acogen de determinados beneficios.
Considerando el resultado de la presente Tesis, se ha recomendado, para el régimen de
drawback, que en el Procedimiento General Restitución de Derechos Arancelarios –
Drawback, DESPA-PG.07 (versión 4), que desarrolla dicho régimen, se incorpore el factor
coeficiente de insumo producto el CIP como elemento determinante para verificar la cantidad
de insumos importados que han sido incorporados en el producto de exportación o
consumidos en su proceso de producción y de este modo determinar el acogimiento correcto.
Colecciones
- Contabilidad y Finanzas [210]