Problemas de interpretación del criterio de prognosis de pena en materia de Prisión Preventiva, según la casuística del distrito fiscal de Lima en el año 2017
Resumen
La filosofía es el real y genuino pensamiento del ser humano, porque es hermoso e increíble concebir la idea de que alguien pueda pensar algo que nunca antes en la vida, en absoluto, ha sido pensado por nadie en ningún tiempo y en ningún espacio del universo. Que ningún ente existente -o que haya existido- lo haya hecho antes en cualquier dimensión. Dicho esto, las mejores ideas de la presente investigación, quizá, no fueron nunca antes pensadas por un hombre de Caral, Pacaicassa, Chivateros, Lauricocha, Toquepala, Paiján, Guitarreros, Santo Domingo, Huaca Prieta, Kotosh, Kibish o Pekín; pero sí por un americano sureño en el siglo XXI. Eso es casi inefable.
Como lo sugiere el nombre de la obra de Gustavo Zagrebelsky (2016), “El Derecho dúctil”, no se equivocaba, pues quienes tenemos noción del Derecho podemos convenir y estar de acuerdo en que no se trata de una disciplina fija y estática, sino por el contrario, ésta tiende a ser cambiante en el tiempo y a moldearse a las diversas necesidades o realidades dentro de los grupos sociales existentes en el mundo. En ese sentido, como no podía ser de otra manera, nuestro país no es ajeno a dicho fenómeno, pues lo cierto y lo concreto es que en el año 2004 se promulgó1 el Código Procesal Penal y desde aquella fecha su aplicación ha sido progresiva y paulatina en todo Perú.