Procedimientos para tránsito de vehículos especiales por los puentes del sistema nacional de transporte terrestre
Resumen
La infraestructura vial de transporte terrestre del Perú, está conformada por
carreteras y puentes que interconectan las principales ciudades con los pueblos más
alejados del país, en tal sentido, corresponde preservar la infraestructura vial a fin de
evitar interrupciones en el tránsito vehicular particular o comercial.
Siendo los puentes estructuras especiales que forman parte de la
infraestructura vial, se encuentran expuestos al tránsito de vehículos con carga pesada,
dentro de las cuales se encuentran las cargas reglamentadas hasta 48t de peso bruto y
las cargas especiales mayores a 60 t, requiriendo este último un permiso especial para
poder transitar por la Red Vial Nacional.
En tal sentido, el presente trabajo de investigación ha sido desarrollado con la
finalidad de determinar la condición estructural de una muestra de puentes previo al
tránsito de vehículos con cargas especiales mayor a 60 t por la Red Vial Nacional,
para lo cual se han realizado los cálculos estructurales en base a la metodología
contenida en el Anexo 6 de la Directiva Nº 008-2008-MTC/20 del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones del Perú y la metodología contenida en “The Manual
for Bridge Evaluation” del Comité AASHTO de Estados Unidos.
La metodología contenida en el Anexo 6 de la Directiva Nº 008-2008-
MTC/20, considera la evaluación estructural de los puentes haciendo una
comparación a nivel de acciones internas producidas por la sobrecarga de diseño del
puente y las acciones internas producidas por los vehículos con cargas especiales. La
metodología contenida en “The Manual for Bridge Evaluation” considera la capacidad
estructural del puente, las acciones internas de las cargas permanentes y las acciones
internas de los vehículos con cargas especiales.
Con la aplicación de ambas metodologías se obtienen “ratios” en relación a la
condición estructural del puente, el cual deberá ser mayor a 1.00 para autorizar el
tránsito de vehículos con cargas especiales mayor a 60 t., en caso fuese menor a 1.00
se restringe el tránsito de vehículos con cargas especiales mayor a 60 t.